Razones para votar si por el Código de las familias parte II

Imprimir

Ratio: 1 / 5

Inicio activadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 
Valoración:
( 1 Rating )

IMG 20220816 WA0014

No es de ahora que las sociedades han comenzado a replantearse cómo lograr una crianza positiva de los hijos, con corresponsabilidad de todos los miembros de la familia; en la que niños, niñas y adolescentes sean considerados también como sujetos de derecho y no como objetos o propiedad de sus madres o padres. Hoy reflexiono con ustedes y lo hago a partir de lo planteado por dos de nuestras psicólogas de mayor experiencia en temas de familia


Responsabilidad parental, patria potestad, autonomía progresiva, interés superior del niño, son algunos de los términos que se colocan al interior de los debates tanto en hogares, comunidades, como en las redes sociales. No han faltado mensajes y comentarios, tergiversados y manipuladores, que intentan desvirtuar los contenidos del proyecto, o planteamientos basados en el desconocimiento de lo que plantea realmente el texto.
Usted mamá o papá no pierde derechos sobre sus hijos con la nueva norma que se propone. En ello, la doctora en Ciencias Psicológicas Patricia Arés Muzio es explícita: “El Código no expropia a los padres del derecho de cuidar, proteger, atender a los hijos y darles alimentos y todas las condiciones para que el niño o niña pueda crecer con salud y bienestar. Nada de esto entra en contradicción con el concepto de responsabilidad parental”, apuntó la experta en el programa televisivo Hacemos Cuba.
De lo que se trata es de un cambio de visión en el modo en que se concibe la crianza y educación de los hijos e hijas. “Muchas personas siguen considerando a los hijos e hijas como posesiones, que se pueden moldear según parezca lo más conveniente, incluso alejándose de lo que hoy sugieren las tendencias de la ciencia y del desarrollo humano. La frase ʹmi hijo es mío y yo lo crío como quiera, continúa formando parte del imaginario popular. Bajo esa premisa, se puede considerar apropiado disciplinar con el maltrato físico o psicológico, o no prestar atención al tipo de cuidados y requerimientos que conlleva la crianza, en cada uno de sus diferentes períodos evolutivos. Es ahí donde el concepto responsabilidad parental, implica un punto de inflexión”, advirtió recientemente e Roxane Castellanos Cabrera, Profesora Titular de la Facultad de Psicología de la Universidad de La Habana.
Explicó la especialista que con el término responsabilidad parental, en el nuevo Código de las Familias, “se quiere reforzar que el hecho de ser madres y padres, más que tener posesiones, implica mucha responsabilidad por las vidas y el bienestar de hijos e hijas. La crianza debe ser un acto de respeto y amor a la niñez. Si usted les da la existencia, también debe buscar la preparación requerida para el mejor ejercicio de esos roles de cuidados. El Estado vela por ello y es preciso que entendamos que es algo necesario, para una protección integral de la infancia”, insistió.
La psicóloga Patricia Arés es clara: “Los padres son los máximos responsables de sus hijos y el Estado o el ordenamiento jurídico interviene cuando estos padres atentan contra el normal desarrollo de los mismos o el interés superior del menor. Tenemos que pensar que familia no es solo unidad, armonía, unión, donde nadie te falla, un remanso de paz… La familia es un espacio donde también hay relaciones de poder, que a veces se vuelven abusivas y es ahí donde hay que intervenir”.