Personas Jurídicas

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    Moneda: Pesos cubanos (CUP) y pesos convertibles (CUC).

    Dirigido a: Unidades presupuestadas, organismos, empresas mixtas y extranjeras, empresas estatales cubanas, empresas privadas cubanas, CPA, CCS y UBPC, organizaciones no gubernamentales y Asociaciones, entre otras.

    5 Cuentas corrientes Personas Juridicas

    Principales características:

    • La provisión de fondos es de $1 000.00 CUC o CUP.
    • Se le cobrarán al cliente tasas y comisiones por las diferentes operaciones que realice a partir de su cuenta.
    • Se le venderán al cliente talonarios de cheques y transferencias para realizar sus pagos.
    • El cliente recibirá un estado de su cuenta con la periodicidad y por la vía que elija.
    • Las cuentas operan con saldo acreedor y no admiten sobregiros.
    • El titular de la cuenta puede autorizar a terceras personas a hacer disposiciones.
    • La cuenta puede ser abierta de forma indistinta, individual o conjunta.
    • En las cuentas en CUC, las extracciones de fondos hacia el exterior se harán de acuerdo a lo que dicte el Banco Central de Cuba.
    • En las cuentas en CUC, para operaciones en otras monedas, se aplica el Tipo de Cambio vigente del día de la operación en la moneda que corresponda contra el peso convertible.

    Requisitos:

    • Solicitud de apertura de cuenta.
    • Depósito inicial.
    • Presentación de la documentación legal de la entidad.
    • Registro de firmas autorizadas a operar la cuenta.
    • Presentación de la licencia expedida por el Banco Central para operar en divisas (para cuentas en CUC).
    • Contrato de adhesión.