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    Reconocimiento de filiación de padres a hijos(as).

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    Se presentará:

    • Carné de identidad de la madre y el padre
    • Declaración Jurada de ambos padres ante el registrador o notario.

    En los casos de cubanos residentes en el exterior o extranjeros deben acreditar la escritura de reconocimiento autorizada por notario público y el documento expedido por la Dirección de Inmigración y Extranjería, acreditando las fechas de entrada y salida del país de dichas personas.

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