Compraventa de Vehículos

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    • Concurrir ambas partes con sus respectivos carnés de identidad.
    • Si el vehículo de motor es propiedad del matrimonio deben comparecer ambos cónyuges, de no comparecer alguno de ellos puede emitir su autorización también en escritura pública.
    • Se admite la representación voluntaria mediante un poder especial, siempre que proceda y una o ambas partes no pueden concurrir al acto.
    • Documento oficial acreditativo de la propiedad del vehículo, que pueden ser:
      • Contrato de compraventa con una entidad comercializadora 
      • Copia autorizada de la escritura pública.
      • Resolución judicial o administrativa, según el caso.
      • Certificación de su inscripción en el Registro de Vehículos del Ministerio del Interior.

    La Tarifa Notarial de este acto es de $50.00.
    Término: hasta 5 días.

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